Somos Administradores Concursales, con acreditada experiencia e intervención en concursos de acreedores.
Son muchas ya las Empresas que han confiado en nosotros para poder continuar con su actividad, a pesar de las dificultades y los impagos, habiendo logrado suscribir diferentes convenios muy beneficiosos para nuestros Clientes, con importantes quitas y plazos de pago.
Igualmente y al amparo de la nueva Ley de Segunda Oportunidad, promovemos procedimientos judiciales para personas físicas, pudiendo quedar exoneradas de pagar, al menos parte de su deuda.
También nos encargamos de:
Constitución de sociedades.
Redacción de contratos mercantiles.
Fusiones y adquisiciones de empresas.
Disolución de sociedades con operaciones de liquidación.
Compraventa de acciones y participaciones sociales.
Asistencia letrada a detenidos. Damos la primera cobertura al detenido al inicio del procedimiento, siendo importantísima la declaración que efectúe en sede policial. Siendo requeridos, nos personamos a cualquier hora y en cualquier momento para asistir al Cliente, acompañándole en todo momento hasta que sea trasladado a dependencias judiciales.
Defensa en todo tipo de procedimientos penales (juicios rápidos, juicios de faltas, procedimientos abreviados, diligencias previas, etc.) y ante cualquier órgano judicial.
Derecho Urbanístico. Somos especialistas titulados por la Escuela Superior de Estudios Garrigues en planificación, gestión y disciplina urbanística.
Responsabilidad patrimonial de la Administración.
Recursos administrativos y contencioso-administrativos.
Tramitación y obtención de licencias y concesiones administrativas.
Familia. Tramitamos todo tipo de procedimientos familiares, como divorcios, separaciones, nulidades, reclamación de filiación, reclamación por impago de pensiones alimenticias o compensatorias, etc.
Tráfico. Reclamación de indemnizaciones por lesiones y daños corporales, así como cualquier otro tipo de reclamación judicial por daños materiales.
Herencias. División judicial y extrajudicial de todo tipo de herencias; tramitación de declaración de herederos y liquidación y presentación del Impuesto de Sucesiones.
Arrendamientos. Redacción de contratos de arrendamiento; reclamación judicial por impago de rentas y tramitación completa de desahucio judicial.
Reclamaciones de cantidad y de deudas. Reclamamos judicialmente el impago de cualquier deuda, ya sea proveniente del comercio mercantil o personal. Incluso si la deudora es una empresa “desaparecida” o sin bienes para responder, tramitamos la reclamación contra sus administradores por responsabilidad personal.
En estos procedimientos, somos muy incisivos y constantes, estando encima de los asuntos prácticamente a diario al objeto de lograr el objetivo encomendado: cobrar la deuda o al menos, parte de la misma.
Si el deudor muestra buena fe y voluntad de pago, igualmente tramitamos reconocimientos públicos de deuda con el establecimiento del correspondiente calendario de pagos.
Redacción de contratos. Compraventa, mandato, agencia, permuta, donación, préstamo, etc.
Derecho inmobiliario. Contratos de obra, reclamación de vicios constructivos.
El Despacho cuenta con profesionales con acreditada experiencia en el sector bancario, perfectamente familiarizados con la práctica diaria de los Bancos y sus productos financieros.
Paralización de ejecuciones hipotecarias por contener cláusulas abusivas.
Cláusulas suelo. Reclamamos judicialmente su nulidad, habiendo sido de los primeros Despachos en logar sentencias favorables para nuestros Clientes. El sistema de colaboración procesal que mantenemos con diferentes despachos nos permite actuar en todo el territorio nacional, estando presentes a fecha actual en muchos y variados procedimientos judiciales repartidos por toda España, con un altísimo índice de casos ganados.
Además, estamos consiguiendo que al Cliente le salga GRATIS la reclamación judicial, logrando siempre la imposición de costas a la entidad financiera demandada, para que sea ésta quien tenga que sufragar todos los gastos ocasionados (minuta abogado, minuta procurador, tasas, etc.)
La reciente sentencia 608/2017, de 15 de noviembre, dictada por el Tribunal Supremo (Sala de lo Civil), dispone la nulidad parcial de las hipotecas multidivisa por falta de transparencia. Si contrató una hipoteca multidivisa (Bankinter, Barclays, Popular, Caixabank...), ya puede solicitar la nulidad de la cláusula de conversión a moneda extranjera. Las variaciones del yen japonés o franco suizo frente al euro han ocasionado que muchos hipotecados adeuden más dinero al Banco a fecha actual del que contrataron inicialmente, resultando este hecho un auténtico drama para muchas familias que se han visto afectadas. Ya son muchas las resoluciones judiciales favorables a nuestros Clientes las que nos avalan como expertos profesionales solicitando la nulidad de cláusulas insertadas en los contratos bancarios por falta de transparencia e información. No dude en ponerse en contacto con nosotros y le explicaremos detalladamente.
Anulada la cláusula multidivisa de un préstamo hipotecario suscrito por dos ponferradinos
Tribunales La firma se produjo en 2008 en yenes japoneses y se cobró a los demandantes cuotas excesivas durante cuatro años
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 7 de León ha dictaminado la nulidad de la cláusula multidivisa de un préstamo hipotecario suscrito en yenes japoneses por dos médicos ponferradinos con la entidad Bankinter, en el año 2008. Según informa el abogado ponferradino que defendió la causa, Pablo Álvarez, los perjudicados habían solicitado un préstamo "de 125.000 euros y llegaron a deber 190.000, pagando religiosamente cada una de las cuotas". Asegura que los intereses en este tipo de productos varían mes a mes y es muy difícil cuantificar los pagos.
Como consecuencia de dicha declaración de nulidad se condena al Banco a recalcular el préstamo desde su suscripción bajo la fórmula del Euribor, debiendo restituir a los demandantes las cantidades abonadas en exceso por éstos como consecuencia de la aplicación de la cláusula multidivisa. Además, impone costas a la entidad bancaria, que aún tiene posibilidad de recurso a la Audiencia Provincial de León.
El fallo judicial obliga a recalcular el préstamo desde su suscripción bajo la fórmula pactada en el propio contrato de Euribor más 0,40% y restituir a los denunciantes las cantidades percibidas en exceso por el banco por las cuotas devengadas hasta noviembre de 2012, cuando los demandantes solicitaron el cambio de las divisas a euros, así como las comisiones percibidas por la demandada en concepto de cambio de divisas.
Anulada la cláusula multidivisa de un préstamo hipotecario suscrito por dos ponferradinos
Fuente: La Nueva Crónica. Diario leonés de información general (Ir a la noticia original)